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Titular de la póliza

El titular de la póliza es la persona u organización nombrada en un contrato de seguro como su titular. Por lo general paga la prima o se encarga de pagarla, y recibe los avisos de la póliza. La cobertura depende de las definiciones, los límites, las exclusiones y los endosos. Titular y asegurado pueden ser personas distintas.

También se llama: tomador del seguro, asegurado principal, Policyholder, policy holder, insured, named insured

Para saber quién es el titular de la póliza, busque el nombre que aparece como "policyholder" o "named insured" (asegurado nombrado) en la página de declaraciones. Esa persona u organización por lo general paga la prima, recibe los avisos de renovación y cancelación, y tiene los derechos y deberes que fija el contrato. Lo que la póliza cubre depende de sus definiciones, límites, exclusiones y endosos.

Titular y asegurado: dos preguntas distintas

El Departamento de Servicios Financieros de Nueva York (New York Department of Financial Services) explica que el titular o asegurado nombrado es la persona o las personas cuyo nombre aparece en la póliza, mientras que un asegurado es una persona con derecho a beneficios según los términos de la guía para propietarios e inquilinos (opens in a new tab). Un pariente que vive en la casa, un dependiente, un conductor con permiso o un empleado pueden ser asegurados sin ser titulares.

En el formulario ISO de auto personal PP 00 01 (ejemplar público), "usted" significa el asegurado nombrado que figura en las declaraciones y, si vive en el mismo hogar, su cónyuge, según el manual de ese formulario (opens in a new tab).

En salud, el suscriptor es por lo general quien establece la cobertura del plan con su empleo, inscripción o compra individual; un cónyuge o un hijo pueden estar cubiertos como dependientes sin ser el suscriptor, según HealthCare.gov (opens in a new tab).

Un ejemplo con números: cancelar una póliza anual

El California Department of Insurance (Departamento de Seguros de California) (opens in a new tab) da este ejemplo de cancelación a prorrata:

Cancelación a prorrata de una póliza anual

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ConceptoCálculoResultado
Prima anual que pagó el titularMonto del ejemplo$1,000
Prima ganada40 días ÷ 365 × $1,000unos $110 (exactamente $109.59)
Prima no ganada$1,000 menos $110unos $890

Si la aseguradora cancela a los 40 días y aplica prorrata, unos $110 pagan la protección ya recibida y unos $890 son la parte no ganada, sujeta a las reglas de reembolso de la póliza. Es un cálculo ilustrativo y no una regla general: la tarifa a corto plazo, los cargos, las primas mínimas o la ley estatal pueden cambiar el resultado.

Lo que el titular elige y cómo cambia el costo

El término "titular" no fija ningún precio ni pago; lo fijan las condiciones que el titular elige o acepta.

Dónde aparece el término en sus documentos

El término aparece en seguros de auto personal y comercial, de propietario, de condominio, de inquilino, de vida, de salud, de mascotas y de negocios. Los lugares principales son la página de declaraciones, la solicitud, los avisos de pago y de renovación, los certificados, los contratos provisionales (binders) y las cartas de reclamo.

Una cotización puede identificar al solicitante o al futuro asegurado nombrado, y un binder confirma una cobertura temporal. La póliza emitida y la página de declaraciones identifican al titular. Una carta de reclamo puede usar "asegurado", "reclamante", "titular" o "primer asegurado nombrado", con significados contractuales distintos. La página de declaraciones suele mostrar el número y el período de la póliza, los límites y la prima. Un prestamista o arrendador puede recibir una prueba de seguro, pero eso no lo hace titular.

Qué dicen Connecticut y Nueva York

Ningún estado reemplaza las definiciones de la póliza, pero ambos protegen al asegurado nombrado con reglas de aviso.

En Connecticut, la Conn. Gen. Stat. § 38a-323a (opens in a new tab) exige que las pólizas de auto y de propietario incluyan una declaración visible de que una persona puede designar a un tercero para recibir avisos de cancelación o de no renovación. La § 38a-343 (opens in a new tab) exige enviar el aviso de cancelación al asegurado nombrado y al tercero designado, con al menos 45 días de anticipación; son al menos 15 días por falta de pago de la primera prima de una póliza nueva y al menos 10 por falta de pago de otra prima o por falsedad material. El aviso debe indicar el motivo.

En Nueva York, la Ley de Seguros § 3425 (opens in a new tab) se aplica a pólizas de auto y de líneas personales cuando el asegurado nombrado es una persona natural. Si la aseguradora no envía el aviso de no renovación o de renovación condicional de 45 a 60 días antes del fin del período, el asegurado nombrado tiene derecho a renovar pagando a tiempo la prima.

Preguntas para su agente o aseguradora

  1. ¿Quién figura como titular o asegurado nombrado, y quién es solo asegurado, dependiente, asegurado adicional, beneficiario de pérdida o reclamante? Eso afecta quién recibe avisos y quién pide cambios.
  2. ¿Qué límites, deducibles, exclusiones y endosos aplican a la pérdida que me interesa? Ser titular no elimina los límites ni las exclusiones.
  3. ¿Qué prima se debe, quién debe pagarla y qué pasa si el pago se atrasa? La falta de pago puede llevar a la cancelación, según la póliza y las reglas estatales de aviso.
  4. ¿Un cambio de hogar, dirección, vehículo, propiedad, uso comercial o cobertura de salud requiere aviso o un endoso? Un cambio puede afectar la tarifa o la renovación.
  5. Si presento un reclamo, ¿quién recibe el pago y qué documentos y plazos aplican? El pago puede ir a un taller, un prestamista, un proveedor médico u otra parte.

Preguntas frecuentes

Tres respuestas sobre quién hace qué con la póliza.

¿Dónde encuentro el nombre del titular?

Revise la página de declaraciones, el programa de la póliza, el certificado o el registro de inscripción del plan de salud. Busque "policyholder", "named insured", "first named insured", "subscriber" o "member".

¿El titular recibe automáticamente todo pago de un reclamo?

No. El pago depende de la póliza, los hechos del reclamo, las cláusulas del prestamista o acreedor, los beneficiarios, los arreglos de reparación y la cobertura que aplique.

¿El titular puede cambiar la póliza?

Por lo general tiene los derechos administrativos más amplios, pero la autoridad exacta depende de la póliza, los procedimientos de la aseguradora, si hay varios asegurados nombrados, la propiedad legal y la ley aplicable.